Estructura organizativa

Composición de la Junta Directiva

 

Funciones

La Junta Directiva ostenta la representación y administración de la Sociedad. Según el artículo 37 de sus Estatutos, sus funciones son las siguientes:

  • Dirigir la administración de la Sociedad y a su personal administrativo.
  • Realizar el presupuesto y llevar el estado de cuentas y los libros de contabilidad.
  • Garantizar los recursos precisos para todos los órganos definidos en los presentes estatutos.
  • Administrar el patrimonio y recursos económicos de la Sociedad, previa aprobación de la Asamblea General.
  • Adoptar los acuerdos sobre la fijación de la forma y el importe de la contribución de los Asociados al sostenimiento de la Asociación.
  • Custodiar y tener cumplimentados y actualizados los libros y documentos contables y de registro de la Sociedad.
  • Proponer y decidir en primera instancia sobre la admisión de nuevos miembros.
  • Acordar las bajas de miembros a que hace referencia el artículo 13 de los presentes estatutos, con la tramitación del previo y preceptivo expediente cuando proceda.
  • Adoptar las sanciones a que hace referencia el artículo 18 de los presentes Estatutos, con la tramitación del previo y preceptivo expediente.
  • Designar a los miembros de los comités estatutarios.
  • Constituir comités ad hoc cuando se considere preciso y designar a sus miembros.
  • Nombrar a los responsables de las publicaciones oficiales, página Web o cualquier órgano, medio o soporte de expresión de la Sociedad, que tenga carácter oficial.
  • Aprobar nuevos logotipos o enseñas oficiales y signos distintivos de la Sociedad o las modificaciones de los actuales.
  • Designar a los representantes de la Sociedad en organismos nacionales o internacionales.
  • Cubrir provisionalmente las vacantes que se puedan producir en la propia Junta durante su mandato, que deberán ser ratificadas por la primera Asamblea General que se celebre.
  • Garantizar la llegada de información procedente de los órganos de gobierno y participación a todos los miembros de la Sociedad, a través de medios escritos o electrónicos.
  • Mantener actualizado el registro de miembros y su confidencialidad.
  • Organizar las Reuniones Anuales de la Sociedad.
  • Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos.
  • Cualquiera de las funciones que establezca la Asamblea General.
  • El cumplimiento de todas las obligaciones que establece la vigente Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación.

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Área Social

Junta Electoral

Comité de Arbitraje

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Sobre nosotros

La Sociedad Española de Neurología es una sociedad científica española fundada en 1949 que tiene alrededor de 3500 socios, la mayor parte de los cuales son médicos españoles especializados en el ámbito de la neurología.

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