Funciones
Según el artículo 22 de los Estatutos, la Junta Electoral tiene competencias en todos los aspectos relativos a procesos electorales y especialmente debe resolver consultas de los órganos de gobierno; resolver quejas, reclamaciones y recursos; corregir infracciones; garantizar la distribución equitativa de recursos a las candidaturas; adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo del proceso electoral; y establecer la forma de selección de los miembros de las mesas electorales.
Composición de la Junta Electoral
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Presidenta: Dra. Meritxell Valentí Soler
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Secretaria: Dra. Esperanza Salinas Iñigo
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Vocal: Dr. Jaime Alonso Maroto
